Por medio del decreto 487/2020 de Emergencia Pública, el Gobierno prorrogó por 60 días la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.
Esta importante medida se publicó en el Boletín Oficial. El presidente Alberto Fernández y todos sus ministros firmaron la decisión. En este sentido, el decreto manifiesta que los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de esta normativa, no producirán efecto alguno.
De esta forma, se mantendrán vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales. Así, en el marco de la cuarentena obligatoria, la prohibición se extiende por dos meses. Asimismo, desde el Gobierno indican que esta crisis excepcional exige prorrogar la oportuna adopción de medidas.
“Asegurando a los trabajadores y a las trabajadoras que esta emergencia no les hará perder sus puestos de trabajo”. En consecuencia, la decisión que ya se formalizó mediante un decreto busca “garantizar el derecho de toda persona a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante su trabajo”.
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Gobierno preservará la paz social si recorre la emergencia con un Diálogo Social con todos
La medida señala que es indispensable continuar garantizando la conservación de los puestos de trabajo por un período de tiempo razonable. En aras de preservar la paz social y que ello solo será posible si se transita la emergencia con un Diálogo Social en todos los niveles y sectores que hacen vida en el país y no con medidas unilaterales de distracto laboral.
Del mismo modo, la normativa recuerda que se llevaron adelante una serie de medidas que tienen como objetivo ayudar a las empresas a sobrellevar los efectos de la emergencia.
“La postergación o disminución de diversas obligaciones tributarias y de la seguridad social, la asistencia mediante programas específicos de transferencias de ingresos para contribuir al pago de los salarios. Y la modificación de procedimientos para el acceso a estos beneficios”.